Una nueva enfermedad originada por la imposibilidad de desconectar digitalmente del trabajo

E-ansiedad

La incapacidad para desconectar del trabajo por la dependencia de los aparatos electrónicos está generando una nueva enfermedad de salud mental que la Universidad de Virginia Tech ha definido como ‘e-ansiedad’. Revisar nuestro correo constantemente o pensar en contestar mensajes laborales en nuestro tiempo libre son distracciones que pueden alterar la convivencia y que, además, no incrementan la productividad laboral y sí la incidencia de procesos de incapacidad temporal por trastornos mentales y de comportamiento.

Por Refugio Martínez

27/03/2024
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Para muchos expertos, la implantación del teletrabajo, que en su momento fue una solución improvisada al problema económico que planteó el confinamiento durante la pandemia de la covid-19, ha fomentado una forma muy específica de enfermedad mental, un tipo de ansiedad ocasionada por la necesidad que sentimos de contestar a los mensajes de trabajo fuera de nuestro horario laboral.

Durante la pandemia, al perder la cercanía física e imponerse el teletrabajo, las personas mantuvieron los vínculos a través de una conexión permanente, ya fuera por correo o por los canales de mensajería instantánea. Lo que comenzó siendo una respuesta rápida y eficaz a una situación de emergencia sanitaria y económica, en algunos casos ha terminado por convertirse en una especie de esclavitud laboral con un elevado nivel de estrés, no solo por no desconectar del trabajo, sino por haber “caído” en una situación a la que ya no es tan fácil ponerle límites.

Todas estas irregularidades han sido las que se han puesto de manifiesto en un estudio realizado por la Universidad Virginia Tech, titulado Matándonos suavemente, en el que los investigadores encuestaron a más de 400 empleados de diferentes sectores y a sus personas cercanas.

La conclusión principal a la que se llegó en este estudio es que la dependencia a estar siempre conectados y la predisposición a estar siempre disponibles ha desarrollado un tipo de tecnoestrés al que los investigadores han denominado 'e-ansiedad', que afecta psicológicamente a los empleados. Estar pendiente del móvil, revisar nuestro correo constantemente o pensar en contestar un mensaje de trabajo son distracciones que pueden alterar la convivencia con nuestros allegados porque “dificultan una conexión efectiva entre los miembros de la familia”, aclaró Becker en su estudio.

La dependencia a estar siempre conectados y la predisposición a estar siempre disponibles ha desarrollado este tipo de tecnoestrés

Según los investigadores, parte del problema se centra en las expectativas. Cuando se realiza un trabajo al margen de cualquier tipo de dispositivo tecnológico, aunque el empleado esté sobrecargado, al terminar su jornada desconecta mental y físicamente. Pero, si su labor está vinculada con correos electrónicos o con WhatsApp, la expectativa de responder o recibir correos crea una demanda perpetua, un pensamiento constante en el trabajo que impide la desconexión.

“Revisar obsesivamente la bandeja de entrada es una señal de alerta”, asegura el profesor Becker, quien matiza que “la mensajería instantánea puede ser aún más perjudicial que el correo electrónico porque exige atención con mayor rapidez”.

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Pero, lo realmente preocupante de la e-ansiedad es la proyección que puede llegar a tener si consideramos que su incidencia en la población puede ser directamente proporcional al aumento del uso de las nuevas tecnologías por parte de la empresa y de los trabajadores.

Aunque, en principio, esta patología ha surgido por la velocidad en la que está inmersa nuestra sociedad, el autor del estudio no descarta que también haya podido ser fomentada por el lado empresarial, al pretender alargar los horarios laborales por el mismo precio.

Aumento de trastornos

Sin embargo, un informe elaborado por la mutua Fremap advierte de que lo que se aumenta no es la productividad del trabajador, sino la incidencia de los procesos de incapacidad temporal por trastornos mentales y de comportamiento. Según el citado trabajo, en 2021 estas bajas supusieron para las empresas un coste medio salarial y de cotización de 2.053,36 euros por trabajador.

No vigilar la efectiva desconexión digital puede tener un efecto contrario al deseado

Así pues, el autor del estudio Matándonos suavemente, William Becker, alerta a las empresas de que no vigilar la efectiva desconexión digital puede tener un efecto contrario al deseado. “Las empresas piensan que obtienen algo gratis cuando la gente trabaja más de lo que debería, pero intentamos demostrar que, a la larga, hay que pagar un precio. Si tus empleados se agotan y tienen problemas en su vida familiar, eso acabará alejándolos de la organización”, aclara.

¿Dónde está el derecho?

Para buscar una regulación a esta situación, que empezó con la llegada de las nuevas tecnologías y del teletrabajo, tenemos que retrotraernos a la regulación legal del trabajo a distancia, que contenía el hoy derogado artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores y que, “pese a ser parca e insuficiente, no dificultó el proceso de ajuste vivido en pandemia”, reconoce Icíar Alzaga Ruiz, catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la UNED.

“Todo lo contrario —continúa Alzaga Ruiz—, su escueta regulación y su remisión general al Estatuto de los Trabajadores permitió que la transición hacia el teletrabajo se llevase a cabo de forma generalizada y sin grandes dificultades cuando llegó la pandemia”. Pero aquella regulación resultó insuficiente y, en este contexto, la opción del legislador no fue reformar el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores. “Optó por aprobar una norma, específica para el teletrabajo, quizá con cierta precipitación: el Real Decreto-Ley 28/2020, de 22 de septiembre, de Trabajo a Distancia y, finalmente, se aprobó la Ley 10/2021, de 9 de julio, de Trabajo a Distancia, hoy vigente”.

Esta legislación ha venido a dotar de seguridad jurídica a las partes y a regular cuestiones de vital importancia, “como la formación de las personas trabajadoras a distancia, el derecho a la intimidad o el derecho a la desconexión digital”, puntualiza la catedrática de Derecho del Trabajo.

Se han observado efectos adversos en los trabajadores sobre su salud física y mental, fruto del aislamiento

Pero, en estos dos años que lleva aplicándose esta ley, también se han podido conocer algunos efectos adversos en los trabajadores “sobre su salud física y mental fruto del aislamiento, de las dificultades para que se cumpla la desconexión digital o su derecho al descanso”. Se llame e-ansiedad, falta de desconexión digital o tecnoestrés, lo cierto es que, para José de las Morenas, coordinador de la Secretaría de Salud Laboral de la Unión General de Trabajadores (UGT), la conectividad permanente fuera del ámbito laboral es un problema que se está reflejando en nuestra sociedad, y al que la regulación existente no ha sabido hacerle frente con la suficiente eficacia.

Según manifiesta este experto, la inadecuada gestión de las tecnologías de la información y comunicación en el entorno empresarial puede dar lugar a un modelo de “esclavitud digital” que difumina la frontera entre el tiempo profesional y el privado.

Esclavitud digital

Esto, a la larga, tiende a debilitar la salud mental de muchos trabajadores y, como consecuencia, estas situaciones pueden dar lugar a “trastornos que tienen que ver con los cuadros de ansiedad, de depresión o de fobias y a tipos de disfunciones que afectan al sueño o a la alimentación”, explica José de las Morenas.

Cuando existe una causalidad entre estas patologías y el uso de los dispositivos, en opinión del experto en salud laboral, “debería ser tratada desde el punto de vista de accidente laboral, tanto a nivel de prevención de riesgos como de tratamiento de la enfermedad a través de la mutua”. Por lo tanto, no deben ser catalogadas como enfermedad común, sino como una enfermedad profesional y tener el mismo reconocimiento que tienen las patologías de origen laboral.

La e-ansiedad no debe ser catalogada como enfermedad común, sino como una enfermedad profesional

“Estamos hablando de un marco de relaciones sociales laborales que afectan a las condiciones de seguridad y salud; por eso, hay que integrar este tipo de enfermedades en los planes de prevención de las empresas, igual que se han integrado otros riesgos laborales como los ergonómicos, los que afectan a los niveles de luminosidad o la prevención de incendios”, subraya el coordinador de UGT. Esta es una cuestión de vital importancia, en su opinión, “pues es la empresa la que tiene la capacidad de proteger y el deber sobre la seguridad y la salud de los trabajadores”.

El experto concluye que debería haber una norma con rango legal que interviniese directamente y reconociese esta situación, “una norma específica que incluya, en el marco de los riesgos laborales, a la e-ansiedad, que reconozca estas patologías como accidentes laborales y enfermedades profesionales”.         n

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