Reforma de las Leyes de Discapacidad y Autonomía Personal
El Congreso tramitará la reforma que amplía los derechos de las personas con discapacidad
La Comisión de Derechos Sociales del Congreso de los Diputados ha aprobado el proyecto de ley que adapta la legislación al nuevo artículo 49 de la Constitución e incorpora medidas sobre salud mental, inteligencia artificial, accesibilidad y protección reforzada de mujeres y menores con discapacidad. De esta manera, esta importante modificación legislativa solicitada se debatirá y votará próximamente en las Cortes Generales.
Por Bárbara Guerra
La Comisión de Derechos Sociales y Consumo del Congreso de los Diputados aprobó el jueves el proyecto de ley que modifica la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia para adaptarlas al nuevo artículo 49 de la Constitución. El texto salió adelante con 20 votos a favor y 17 en contra y continuará ahora su tramitación parlamentaria. Se estima que podría comenzar a votarse a partir del martes 14 de julio.
La reforma tiene como objetivo adecuar ambas normas a la nueva redacción del artículo 49 de la Carta Magna, aprobada en 2024, e incorporar medidas destinadas a ampliar los derechos de las personas con discapacidad y reforzar los apoyos que favorezcan su inclusión, autonomía personal, participación en la comunidad y accesibilidad universal.
Entre las principales novedades del proyecto figuran una protección reforzada para mujeres, niñas y niños con discapacidad, nuevas garantías en materia de salud mental, la regulación de la figura de la persona experta facilitadora procesal y medidas específicas para salvaguardar los derechos de las personas con discapacidad en el ámbito de la inteligencia artificial.
Protección reforzada para mujeres y menores
Uno de los aspectos más destacados de la iniciativa es la incorporación expresa de la perspectiva de género y la perspectiva interseccional como principios rectores de las políticas de dependencia.
El texto introduce un nuevo artículo dedicado a la promoción y protección reforzadas de los derechos de las mujeres y de las niñas y niños con discapacidad. Entre otras medidas, establece la obligación de garantizar mecanismos accesibles y especializados de atención, denuncia y protección frente a todas las formas de violencia contra las mujeres.
Asimismo, reconoce el derecho de las personas con discapacidad víctimas de violencia machista a recibir los apoyos necesarios para garantizar su seguridad, autonomía personal y plena participación en la sociedad. Para ello, contempla el acceso prioritario a la asistencia personal, la plena accesibilidad de los recursos especializados y la adopción de medidas específicas de prevención, detección e intervención en entornos institucionalizados.
Nuevas garantías en salud mental
La reforma también incorpora cambios relevantes en materia de salud mental. El proyecto establece que todas las intervenciones sanitarias y asistenciales en este ámbito deberán basarse en el consentimiento libre e informado de la persona.
Además, prevé que la atención, el tratamiento y la orientación psicológica acompañen a las personas con discapacidad durante las distintas fases de los procesos habilitadores o rehabilitadores, con el objetivo de favorecer su bienestar, su máxima autonomía y el pleno desarrollo de su personalidad, así como ofrecer apoyo a su entorno familiar más cercano.
Una figura de apoyo en los procesos judiciales
Otra de las novedades del texto es la creación de una disposición adicional dedicada a regular la figura de la persona experta facilitadora procesal. Su función será prestar apoyo a las personas con discapacidad para que puedan comprender el desarrollo de los procedimientos judiciales y tomar decisiones informadas. Para ello, deberá garantizar que toda la información se transmita mediante un lenguaje claro y comprensible, además de promover la adopción de los ajustes y apoyos necesarios en cada caso.
Entre sus cometidos se incluye la identificación de las necesidades de apoyo relacionadas con la comprensión, la comunicación y la interacción con el entorno judicial, así como la explicación a jueces, partes intervinientes y a la propia persona con discapacidad de las medidas de accesibilidad que resulten necesarias.
Inteligencia artificial y accesibilidad
El proyecto de ley incorpora también medidas destinadas a proteger los derechos de las personas con discapacidad en el ámbito de la inteligencia artificial y fija un plazo específico para la resolución y notificación de los procedimientos sancionadores relacionados con la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal, que hasta ahora se regían por los plazos generales de la legislación administrativa.
Tras superar este trámite en comisión, la iniciativa continuará su recorrido parlamentario antes de su aprobación definitiva. La reforma constituye uno de los principales desarrollos legislativos derivados de la modificación del artículo 49 de la Constitución, que sustituyó el término "disminuidos" por una referencia expresa a las personas con discapacidad y reforzó el compromiso de los poderes públicos con la garantía de sus derechos, autonomía e inclusión social.
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